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¿Cuáles son los plazos para presentar el Proyecto de Presupuesto de cada año y obtener su aprobación en el Congreso para su entrada en vigencia?

El 30 de septiembre a más tardar, el Ministerio de Hacienda concluye la elaboración del Proyecto de Presupuestos, el que es firmado y enviado por la Presidenta de la República al Congreso Nacional.

En los primeros días de octubre, tras la exposición sobre el Estado de la Hacienda Pública del Ministro de Hacienda, los parlamentarios comienzan a estudiar los presupuestos propuestos por el Poder Ejecutivo para las instituciones públicas. Para esto se forma una Comisión Especial Mixta de Presupuestos, formada por 13 senadores y 13 diputados. Esta comisión se divide en 5 subcomisiones, cada una de las cuales analiza los presupuestos de un conjunto de Ministerios.

La Comisión Especial Mixta recibe los informes de las subcomisiones correspondientes sobre las propuestas para cada ministerio, las que luego de ser sometidas a votación aportan los datos para el informe final que entrega a la Cámara de Diputados, la que luego despacha el Proyecto al Senado. En caso de existir discrepancias entre los proyectos aprobados por la cámara y el Senado, estos son sometidos a una Comisión Mixta para su resolución. Durante el proceso de tramitación legislativa se pueden acoger modificaciones al proyecto original del Ejecutivo, ya sea por indicaciones del mismo o como resultado de las votaciones en las distintas etapas de tramitación legislativa, donde los parlamentarios sólo tienen atribuciones para reducir las obligaciones de gastos propuestas por el Ejecutivo que no están determinadas por leyes permanentes. El 30 de noviembre vence el plazo para que el Congreso despache el proyecto, tras lo cual el Presidente de la República promulga la Ley de Presupuestos. El 1 de enero del año siguiente entra en vigencia la Ley de Presupuestos, iniciándose así el trabajo para la ejecución de los programas comprometidos.