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Miércoles, junio 3 de 2020

Ministerio de Hacienda informa sobre IVA a Plataformas Digitales

Con respecto a la información de que el gobierno de EE.UU. estaría analizando adoptar medidas contra Chile, dado que en Chile habría comenzado a regir un “digital tax”, el Ministerio de Hacienda aclara lo siguiente:

• La Ley de Modernización Tributaria, en línea con las directrices establecidas por la OCDE, incorporó la denominada “Solución IVA” que permite recaudar IVA sobre una serie de servicios digitales prestados por plataformas extranjeras.  Esta normativa comenzó a regir en Chile el pasado 1 de junio pasado. 

• La “Solución IVA” adoptada por Chile se enmarca dentro de las normas generales de tributación que aplican en Chile e implementa un régimen simplificado de declaración y pago de IVA para facilitar el cumplimiento tributario de proveedores extranjeros de servicios digitales.

• Es importante destacar que aplicar IVA a este tipo de servicios es una alternativa ampliamente reconocida y consensuada a nivel internacional, tanto por la OCDE (de la cual EE.UU. forma parte) como por diversos países de Latinoamérica (México, Argentina, Colombia, Uruguay, etc.). 

• El denominado “digital tax” constituye un impuesto específico de una naturaleza distinta al IVA.  A diferencia de la aplicación de IVA a este tipo de servicios, a nivel internacional no existe un consenso en torno a la aplicación de un digital tax. 

• En este contexto, la Oficina del Representante de Comercio de los Estados Unidos (USTR por sus siglas en inglés) informó que iniciará una investigación bajo la Sección 301 respecto de los impuestos a los servicios digitales (Digital Services Taxes o DSTs) que están bajo consideración en: Austria, Brasil, la República Checa, la Unión Europea, India, Indonesia, Italia, España, Turquía y el Reino Unido.  Como es evidente, esta investigación de la autoridad americana no considera a nuestro país.