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Lunes, diciembre 9 de 2013

CEF destaca la importancia sistémica del Proyecto de Ley sobre Supervisión basada en riesgos para Compañías de Seguros

El Consejo de Estabilidad Financiera (CEF) considera necesario mejorar de manera sustancial el actual sistema de regulación y  supervisión para las compañías de seguros, estableciendo un modelo de supervisión basado en los riesgos, en línea con las recomendaciones y mejores estándares internacionales. Este Consejo califica la  iniciativa legal que persigue este objetivo como de alta prioridad desde un punto de vista sistémico, considerando la creciente relevancia e interconexión de las compañías de seguros con nuestro sistema financiero, su pertenencia a conglomerados financieros, y la existencia de una contingencia fiscal frente al riesgo de insolvencia de las compañías de seguros de vida que tienen obligaciones por rentas vitalicias y seguro de invalidez y sobrevivencia del sistema previsional.

Importancia del Proyecto de Ley

Tal como lo ha destacado la OCDE en sus últimos reportes, Chile presenta una industria de seguros madura, con un tamaño relativamente alto en relación a otras economías y activa participación en el mercado doméstico. Previéndose que su relevancia aumente acorde con el paulatino traspaso de los afiliados desde el sistema de AFP hacia las compañías de seguros al momento de su jubilación, lo que se ve reflejado en el último estudio del Servicio de Consulta y Oferta del monto de Pensiones (SCOMP), donde el 70% de las pensiones correspondieron a Rentas Vitalicias mientras que sólo el 30% a retiro programado.

En efecto, las compañías de seguros se han convertido en el segundo inversionista institucional del país, después de las AFP, con cerca de 50.000 millones de dólares en inversiones a Diciembre de 2012 (cerca del 18,2 % del PIB) y son responsables de pagar mensualmente pensiones por rentas vitalicias a más de 500.000 personas (casi 50% del total de pensiones). Lo anterior, unido al hecho de que las rentas vitalicias y el seguro de invalidez y sobrevivencia tienen garantía estatal, le da una gran relevancia a la solvencia del mercado asegurador y a las inversiones que realizan las compañías de seguros.

De igual modo, es relevante tener presente que la industria de seguros ha modificado su estructura  de inversiones en los últimos años, advirtiéndose en el caso de compañías de seguros de vida una tendencia hacia activos de mayor riesgo relativo (tales como inmobiliarios y renta variable). Finalmente, también es necesario considerar que la mayor parte de las aseguradoras forman parte de conglomerados financieros, resultando aún más relevante su interconexión con otros actores del sistema financiero local e internacional.

En consideración a ello, resultan necesarias y oportunas las modificaciones que plantea el proyecto de ley en actual discusión en el Congreso Nacional que introduce modificaciones al DFL 251 que buscan fortalecer la supervisión de la industria de seguros, incorporando un sistema de requerimientos de solvencia prudentes y adecuados a los niveles de riesgo a los que las aseguradoras se exponen.

La necesidad de avanzar en esta reforma radica en que el marco legal vigente no recoge adecuadamente los diversos riesgos que enfrentan las aseguradoras, ni distingue entre aquellas compañías que toman distintos niveles de riesgos y como los gestionan, pudiendo generar incentivos inadecuados a adoptar mayor riesgo.

Otro aspecto relevante es la alta exposición a los riesgos de longevidad y tasa de interés (reinversión) que hoy se encuentra concentrado en las aseguradoras de vida que ofrecen rentas vitalicias.  En este contexto, el proyecto de ley se orienta a permitir el adecuado reconocimiento en capital de estos riesgos y a generar los incentivos necesarios para desarrollar herramientas de mitigación de éstos, tales como el reaseguro internacional y el uso de derivados de longevidad.

Es por estas razones que, en línea con las experiencias desarrolladas en países como Canadá, Japón, Singapur, Suiza, Australia, EEUU, México y la Unión Europea, el proyecto de ley incorpora un requerimiento de capital basado en riesgo que recogerá de mejor forma los riesgos técnicos y operacionales de las compañías de seguros y estará directamente relacionado al nivel de riesgo de las inversiones y activos de cada aseguradora.

Otros de los objetivos fundamentales de este proyecto es establecer un sistema de evaluación de solvencia de las aseguradoras, estructurado sobre la base del análisis de sus riesgos, de la calidad de sus gobiernos corporativos y gestión de riesgos y de su fortaleza patrimonial, definiendo con claridad los objetivos de supervisión de la Superintendencia de Valores y Seguros y las atribuciones que le permitirán actuar en forma proactiva, adoptando las eventuales medidas de mitigación que fueren oportunas.

En forma complementaria, se avanza en hacer más estrictos los límites de inversión en entidades relacionadas a la aseguradora, o grupo empresarial, buscando prevenir conflictos de intereses y reducir la posibilidad de contagio ante una eventual insolvencia. Este punto es de especial relevancia, ya que tal como se mencionó las compañías de seguros, en general, forman parte de conglomerados nacionales, exhibiendo en algunos casos grados de exposición relevantes a empresas relacionadas.

Por último, cabe señalar que este proyecto se enmarca dentro de los principios internacionales en materia de regulación de seguros de la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) y las recomendaciones del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, con motivo del Programa de Evaluación del Sector Financiero (FSAP), llevado a cabo el año 2004 y actualizado el año 2011. De igual modo, la necesidad de avanzar en esta materia se desprende  de los compromisos adoptados en el contexto del ingreso de Chile a la OECD durante el año 2010, donde se observó la necesidad de un cambio en la regulación en esta materia.  En este contexto resulta relevante destacar que recientemente la IAIS ha anunciado su decisión de emitir en el año 2016 un estándar global de capital basado en riesgo, que comenzaría a aplicarse en el año 2019, y que ha sido definido como una “prioridad” para este organismo, a objeto de promover la estabilidad financiera y la protección de los asegurados.

Conclusión:

Este proyecto de ley es clave para el perfeccionamiento del sistema regulatorio y de supervisión de la industria aseguradora, potenciando la gestión de riesgo y la solvencia de estas entidades. Es también una iniciativa que permite mitigar riesgos sistémicos que se pueden estar incubando en el mercado de seguros de vida, considerando su progresiva relevancia e interconexión en nuestro sistema financiero, su conexión con el sistema financiero internacional, la alta exposición del sistema a los riesgos de longevidad y reinversión, y las expectativas de crecimiento del mercado de rentas vitalicias.

Por los motivos anteriores, el CEF valora positivamente los objetivos que persigue el proyecto de ley y considera prioritario su promulgación.

El CEF fue creado por el Decreto Supremo N° 953 del Ministerio de Hacienda, publicado el 4 de octubre de 2011, y está integrado por el Ministro de Hacienda (quien lo preside), el Superintendente de Valores y Seguros, el Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras y el Superintendente de Pensiones, mientras que el Presidente del Banco Central de Chile atiende a sus sesiones en forma permanente, en calidad de asesor. Esta nota representa la opinión de todas las autoridades mencionadas y, por lo tanto, del CEF en su conjunto.