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Lunes, abril 10 de 2017

Nuevo Ahorro Colectivo

El objetivo de las iniciativas que anunció la Presidenta es mejorar las pensiones de los actuales pensionados y las de los futuros aún más, incrementando el ahorro previsional con elementos de solidaridad. Este propósito se concretará a través de tres proyectos de Ley: 

  1. Una Reforma Constitucional que crea el administrador del Nuevo Ahorro Colectivo, un organismo autónomo denominado Consejo de Ahorro Colectivo.
  2. Un proyecto de ley que crea el “Nuevo Ahorro Colectivo” (5%), regula el funcionamiento y orgánica del Consejo de Ahorro Colectivo, fortalece la cobertura del sistema de pensiones y perfecciona el Pilar Solidario.
  3. Un proyecto de ley que modifica y perfecciona el marco regulatorio de funcionamiento de las AFP.

Nuevo Ahorro Colectivo

El Nuevo Ahorro Colectivo incrementa el ahorro previsional permitiendo mejorar las pensiones, con un especial foco en las mujeres y la clase media.  

  • Será financiado por una cotización de cargo del empleador para los trabajadores dependientes y del propio trabajador en el caso de los independientes.
  • La cotización adicional aumentará gradualmente en 6 años hasta alcanzar un 5%. En régimen un 3% de esta cotización ingresará a una cuenta de ahorro personal, propiedad de cada trabajador y el 2% restante se abonará a un Fondo de Ahorro Colectivo que beneficiará con solidaridad a todos los afiliados independiente de su nivel de ingreso.

Beneficios

  1. Ahorro en Cuentas Personales: Los recursos acumulados en las cuentas de ahorro personal complementarán la pensión de vejez, vejez anticipada, invalidez y sobrevivencia de los afiliados.  
  2. Aporte Solidario Intergeneracional: Una vez implementada le ley, mejora inmediatamente las pensiones de los actuales jubilados a partir de los 65 años de edad, con un aumento de un 20% de las pensiones autofinanciadas con el ahorro de cargo del trabajador (para pensiones sobre los 600 mil pesos el aporte se calcula sobre este último monto).    
  3. Bono Compensatorio para mujeres: Beneficio destinado a compensar la diferencia derivada de la mayor expectativa de vida de las mujeres, incluyendo un incentivo para aquellas que decidan voluntariamente postergar su edad de jubilación. Esto significa que las mujeres, que desde la implementación de la ley se pensionen a partir de los 65 años, recibirán una pensión equivalente a la de un hombre con igual ahorro previsional. Esto implica un aumento en promedio de 14% (con un tope en 300 mil pesos).
  4. Aporte Solidario Intrageneracional: Es un mecanismo de ahorro con redistribución, calculado sobre el saldo remanente en el Fondo de Ahorro Colectivo, una vez financiados los dos beneficios anteriores. Cada año se dividirá el saldo remanente entre el número total de meses de cotizados por los afiliados que contribuyeron en el Nuevo Ahorro Colectivo en el año calendario anterior, recibiendo cada uno una proporción equivalente a sus meses por el cotizados.

Consejo de Ahorro Colectivo

  • El Nuevo Ahorro Colectivo será administrado por el Consejo de Ahorro Colectivo, organismo público y autónomo, que tendrá como objetivo gestionar de manera eficaz, eficiente y con excelencia técnica los recursos que irán a engrosar las pensiones de los trabajadores.
  • El Consejo será una institución autónoma, de rango constitucional, que dará plenas garantías a la ciudadanía sobre la eficiencia, eficacia, transparencia y probidad en el cumplimiento de una misión de especial relevancia como es la administración del Nuevo Ahorro Colectivo.
  • Estará integrado por 7 profesionales de alta formación técnica, reconocida trayectoria, los que serán propuestos por el Presidente de la República para ser ratificados por el Senado.
  • La autonomía constitucional refuerza la mantención de esta política en el tiempo y asegura de mejor manera la independencia del poder Ejecutivo y Legislativo, aislando la posibilidad que los recursos de los afiliados que administra la institución puedan ser destinados a fines distintos de los que establezca la ley.