Ante la grave situación de Empresas La Polar S.A., tanto los Ministerios de Hacienda, Economía y Trabajo como el SERNAC, las diversas Superintendencias y organismos públicos, han desarrollado todas las acciones necesarias para velar adecuadamente por la estabilidad del sistema financiero, el sistema de pagos, la seguridad de los fondos de pensiones y la protección de los derechos de los deudores, clientes, ahorrantes y pequeños accionistas. Así, por ejemplo, desde agosto de 2010, el Servicio Nacional del Consumidor inició un proceso de mediación colectiva, para posteriormente presentar una demanda colectiva ante el Primer Tribunal Civil de Santiago.
Adicionalmente y sin perjuicio de las responsabilidades civiles y administrativas que pueden existir y cuya investigación se encuentra en curso, el Gobierno cree necesario, dentro del marco de la ley, el desarrollo de investigaciones sobre los alcances criminales de dichos actos. En la misma línea y por la gravedad de diversas conductas, el Superintendente de Valores y Seguros, Fernando Coloma, me ha comunicado que, producto de las gestiones de fiscalización realizadas durante estos días por dicha institución, denunciará ante el Ministerio Público todos los hechos que revistan el carácter de delitos, particularmente en cuanto a la entrega de antecedentes falsos al organismo regulador.
En efecto, el artículo 59, letra A de la Ley 18.045 sobre Mercado de Valores indica que sufrirán penas de presidio menor en su grado medio a presidio mayor en su grado mínimo:
a) Los que maliciosamente proporcionaren antecedentes falsos o certificaren hechos falsos a la Superintendencia, a una bolsa de valores o al público en general, para los efectos de lo dispuesto en esta ley.
Para tal efecto, el día de mañana, la Superintendencia de Valores y Seguros entregará al Ministerio Público, Fiscalía Regional Centro Norte, todos los antecedentes que justifican esta importante decisión.
Adicionalmente, las distintas Superintendencias continuarán con las investigaciones y la adopción de todas las medidas necesarias para la tranquilidad de los mercados, sus partícipes y la defensa de los consumidores de Chile.