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Viernes, abril 15 de 2011

Hacienda insta a Pymes a adoptar régimen tributario que las favorece

  • Ministro Larraín destacó que el SII  ha enviado mails a unas  400.000 pequeñas empresas que se han identificado ya como posibles beneficiarios del artículo 14 quáter de la Ley de la Renta.
  • Ese régimen exime de impuesto a la renta por las utilidades reinvertidas hasta $54 millones y reduce también los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) a 0,25% de las ventas mensuales.
  • La voluntad de incorporarse a dicho artículo debe manifestarse durante la Operación Renta anual, o bien al momento de realizar la iniciación de actividades.
  • Pueden postular al mismo las empresas cuyos ingresos totales del giro no superen en cada año calendario un monto equivalente a 28.000 UTM.

El ministro de Hacienda, Felipe Larraín, llamó hoy a los cientos de miles de pequeños y medianos empresarios chilenos, a incorporarse al régimen tributario del artículo 14 quáter  de la Ley de la Renta, y así beneficiarse con una exención del Impuesto de Primera Categoría por $54 millones en utilidades a ser reinvertidas, y también con una tasa fija de Pagos Provisionales Mensuales del 0,25%.

“Es muy importante que se sepa y se use, porque nosotros estimamos que este es un poderoso incentivo a la reinversión. Para una Pyme, que sabemos es una empresa que tiene más dificultades de acceso al financiamiento que las empresas grandes, el hecho de tener como posibilidad de financiarse las utilidades retenidas, es algo muy poderoso, por eso nosotros queremos que esto se conozca”, dijo.

“En el marco de la Ley de financiamiento de la Reconstrucción, se estableció un incentivo a la reinversión de utilidades para las Pymes. Está dirigido a aquellas que venden menos de $ 1.100 millones anuales, eximiéndolas del Impuesto a la Renta por los primeros $54 millones de pesos de utilidades que reinvierten”, dijo.

También destacó la disminución a 0,25% en la tasa de PPM a la que se puede acceder, en comparación al 1% de las ventas mensuales que se aplica para las empresas que inician actividades. 

Las declaraciones las hizo durante una visita, en compañía del director del SII, Julio Pereira, a un puesto móvil con conectividad Internet instalado en el Paseo Bulnes, en Santiago, donde las personas pueden hacer su declaración de Renta.

El director Julio Pereira explicó que hay dos instancias dispuestas por ley para sumarse al régimen del 14 quáter. La primera es en el momento de la iniciación de actividades, cuando quien va a pedir su RUT al SII, puede optar por este sistema. La segunda es directamente en el Formulario 22 durante la Operación Renta anual.

“Estamos comenzando con este artículo porque la ley es del año pasado y es esta la primera Operación Renta que nos va a permitir tener una evaluación en cuanto a la aceptación por parte de contribuyentes beneficiados. El Servicio está mandando correos electrónicos, aproximadamente 400.000, a quienes nosotros estimamos que califican a estos beneficios; no obstante, si hay otros que no tiene absoluta certeza si califican o no, nosotros los instamos a optar y posteriormente, analizados los antecedentes, la opción se confirmará o no”, explicó Pereira.

Para manifestar la voluntad de incorporarse al artículo, en el Formulario 22 de declaración de renta que se despliega en pantalla cuando los contribuyentes ingresan con su clave en http://www.sii.cl/, está el código 888, el cual debe ser marcado. Si se cumple con los requisitos, que son evaluados por el SII, queda inmediatamente dentro del régimen.

Asimismo, en la portada (home page) del SII, hay dos opciones de banner, mediante los cuales se accede a información en detalle acerca de cuáles beneficios conlleva el régimen del 14 quáter y quiénes pueden beneficiarse de los mismos.

Respecto del avance de la Operación Renta 2011, los personeros explicaron que hasta el jueves se habían recibido alrededor de 980.000 declaraciones, lo cual es un 28% más que a igual fecha del año pasado. Asimismo, insistieron en la conveniencia de que los contribuyentes cumplan con sude declaración para recibir anticipadamente la devolución de impuestos que les corresponda.

Para ver en detalle las condiciones, requisitos y beneficios del artículo 14 quáter, ingresar aquí.

A continuación, se recuerda el calendario de declaración de renta, fecha de devolución y medio de pago, en caso que corresponda:

Fecha Envío Formulario 22

Medio de Pago

Fecha de Devolución

01 de abril al 19 de abril 2011

Depósitos

10 de mayo 2011

Cheques

30 de mayo 2011

20 de abril al 27 de abril 2011

Depósitos

17 de mayo 2011

Cheques

30 de mayo 2011

28 de abril al 09 de mayo 2011

Depósitos

26 de mayo 2011

Cheques

30 de mayo 2011