“Con el ingreso a tramitación de las indicaciones se cierra la etapa crucial -que partió en la Cámara de Diputados- y que permitió alcanzar un amplio acuerdo con la Comisión de Hacienda del Senado, que evidencia la solidez de nuestra democracia y entrega certidumbre para el largo plazo en esta materia”, destacó el ministro de Hacienda.
Alberto Arenas detalló las implicancias de las principales indicaciones y reiteró que éstas garantizan plenamente los cuatro objetivos contenidos en el proyecto de Reforma Tributaria:
1.- Aumentar la carga tributaria en tres puntos del PIB. Esto permitirá contar con financiamiento permanente para los nuevos gastos permanentes, comprometidos en el programa de gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet.
2.- Más equidad tributaria para mejorar la distribución del ingreso. Es decir, recaudar en forma progresiva para que los sectores de mayores ingresos hagan un aporte proporcionalmente superior.
3.- Crear nuevos incentivos a la inversión y el ahorro.
4.- Disminuir la evasión y la elusión impositiva, para que los contribuyentes efectivamente paguen lo que les corresponde según la legislación tributaria.
El ministro reafirmó también que la recaudación está más que garantizada tras los cambios introducidos al proyecto.
“En régimen estaremos recaudando US$ 8.300 millones. El aumento respecto de los US$ 8.200 millones estimados en el proyecto original proviene, entre otras materias de las modificaciones al Impuesto a la Renta, ya que en el anterior el sistema de Renta Atribuida aportaba 1,39 puntos del PIB y en la combinación de Renta Atribuida con Semiintegrado aporta 1,45 puntos del PIB”.
Con las indicaciones la Reforma Tributaria tendrá el siguiente rendimiento:
Año | Puntos del PIB |
2014 | 0,30% |
2015 | 0,97% |
2016 | 1,84% |
2017 | 2,30% |
2018 | 3,03% |
Régimen | 3,03% |
El personero explicó que la estimación de lo que recauda el nuevo sistema tributario se realizó utilizando la base de datos del Servicio de Impuestos Internos, que recoge los datos de los formularios entregados por todos los contribuyentes en la Operación Renta 2013.
Principales indicaciones
Arenas hizo hincapié en que los objetivos de la combinación del régimen integrado con atribución de rentas—con sus debidas normas de control destinadas a evitar posibles focos de elusión tributaria— y el sistema parcialmente integrado de tributación, que al igual que el sistema de atribución de rentas termina con el actual FUT, se enmarcan “en un contexto de adecuados incentivos al ahorro y la inversión”.
En este marco, se incorporan resguardos frente al uso de las utilidades con el fin de eludir impuestos. Pero aclaró que “estas normas no buscan limitar la inversión de las empresas, sino impedir que las utilidades sean empleadas como mecanismos para no pagar impuestos”.
Dijo que los principales cambios que implican el término del sistema del FUT son:
Para ello, proyecto crea una norma antielusión especial que establece los criterios para distinguir el uso legítimo de las utilidades para invertir y ahorrar, de aquél que es elusivo. Esta norma se aplicará tanto a los contribuyentes del sistema atribuido como del sistema semi-integrado y se aplicará tanto a nivel internacional como a nivel local.
El ministro dijo que “estamos estableciendo reglas tributarias claras; empresas y personas ahora saben a qué atenerse. Los llamo a interiorizarse de estas reglas y también de los beneficios que trae esta Reforma Tributaria para que sigan invirtiendo, ahorrando y trabajando a fin de que impulsemos el crecimiento de Chile”.
Y agregó que “el desarrollo del país se llevará a cabo sobre mejores bases, más anchas, con mejores oportunidades para todos”.
Ministro Arenas destacó que indicaciones cierran "etapa crucial" de la #ReformaTributaria http://t.co/jPnIv9oGIN pic.twitter.com/EMVeOHAJMb
— Ministerio Hacienda (@Min_Hacienda) agosto 9, 2014
INCENTIVOS A LA INVERSION
Se incorporan las modificaciones para incentivar la inversión de empresas hasta el tamaño de medianas; es decir, con tengan ventas hasta 100.000 UF.
El secretario de Estado señaló que “las indicaciones respectivas incorporan restricciones y medidas de control para evitar que el incentivo se use para postergar los impuestos: los contribuyentes no podrán poseer o explotar a cualquier título, derechos sociales, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, acciones de sociedades anónimas, ni formar parte de contratos de asociación o cuentas en participación”. Además agregó que “sus ingresos provenientes de inversión en renta fija no podrán exceder el 10% del total de sus ingresos del ejercicio”.
EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO
Las modificaciones al proyecto crean un Estatuto MIPYME en materia tributaria. Entre ellas:
“La reducción de los límites para acogerse a Renta Presunta se traducirá en la salida de 6.000 empresas de este sistema (5% del universo actual), que equivalen al 56% de lo que se recauda actualmente”, enfatizó el ministro.
En el caso de los contribuyentes acogidos al sistema de Renta Presunta son dos las modificaciones más relevantes:
Los topes se disminuyen a:
- 5.000 UF en el caso de Transporte
- 9.000 UF en el caso de Agricultura
- 17.000 UF en el caso de la Minería
Este cambio rige desde 2016 y limita el actual alcance de la renta presunta, conciliando la situación de los más pequeños contribuyentes regidos por este sistema, que requieren de su simplicidad, con la necesidad de disminuir los espacios vigentes para la elusión.
VIVIENDA
a. Todos los inmuebles adquiridos antes del 2004 se eximen de este gravamen.
b. Los inmuebles adquiridos después de esa fecha generarán algún pago de impuesto si el contribuyente persona natural tiene una ganancia de más 8.000 UF (alrededor de $ 192 millones) a lo largo de su vida, independiente del número de propiedades que venda. En otros términos, se genera una exención de hasta 8.000 UF exclusivamente para quienes no se dediquen habitualmente a la compraventa de inmuebles.
c. Los contribuyentes tendrán la opción de pagar el impuesto conforme a la tasa propuesta en el proyecto de ley o una tasa única de 10%.
d. En el caso de propiedades, el impuesto a la herencia constituirá crédito respecto del impuesto a la ganancia de capital.
IMPUESTOS CORRECTIVOS
Los principales ajustes estipulan que:
Tasa actual | Nueva tasa | |
Cerveza y Vino | 15% | 21,5% |
Destilados | 27% | 31,5% |
INSTITUCIONALIDAD Y ATRIBUCIONES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
El ministro explicó que “un conjunto de indicaciones regula la aplicación de la norma general anti-elusión, para que un tribunal tributario y aduanero competente realice la calificación jurídica del acto potencialmente elusivo o simulado, en función del requerimiento efectuado por el Director del SII”.
Junto con la calificación jurídica, el tribunal determinará la aplicación de las sanciones correspondientes y emitirá las órdenes respectivas al SII.
Destacó que la claúsula general anti-elusión constituye un estándar OECD, y “permitirá que el SII pueda cuestionar operaciones que tengan por propósito eludir impuestos”. Agregó que se entenderá que hay abuso para efectos tributarios cuando se evite total o parcialmente la realización del hecho gravado, se disminuya la base imponible o la obligación tributaria, o se postergue o difiera el nacimiento de dicha obligación, mediante actos o negocios jurídicos que, individualmente considerados o en su conjunto, no produzcan resultados o efectos jurídicos o económicos relevantes para el contribuyente o un tercero, distintos de los meramente tributarios.
El ministro aseveró que “para potenciar el rol de los tribunales tributarios y aduaneros, la ley les entregará la facultad de imperio; es decir, la capacidad de poder ejecutar sus sentencias”. Arenas anunció que durante este semestre se enviará un proyecto de ley que se hará cargo de su fortalecimiento.
“En el último trimestre de este año se enviará un proyecto de ley de fortalecimiento del SII para que pueda asumir sus nuevos desafíos, principalmente enfrentar la evasión y la elusión”, dijo Arenas
También informó que el SII creará una instancia de consulta pública de sus circulares y demás instrucciones de general aplicación a través de su sitio web institucional.
COMPENSACIONES
El ministro planteó que este conjunto de medidas tendrá un impacto en la recaudación fiscal, por lo que ha previsto compensar dicho efecto con una serie de medidas que permitan mantener la meta de recaudación anual en régimen.
“Entre otras, se ha considerado eliminar el beneficio transitorio de depreciación instantánea para empresas grandes e incorporar al proyecto dos programas de trazabilidad fiscal destinados a controlar la aplicación de los impuestos específicos a ciertos bienes gravados”. La iniciativa consiste principalmente en implementar una Plataforma de Trazabilidad Fiscal, estableciendo las normas de regulación de los productos y mejorar los controles a través de esta, para reducir la evasión asociada al contrabando.
Además, se creará una “ventana” por un año, en 2015, que permitirá anticipar el pago de impuestos por las utilidades acumuladas en el FUT histórico a una tasa especial.
OTROS TEMAS
También informó que con el proyecto se exime del impuesto al valor agregado y de los derechos aduaneros a la importación de carros bomba y otros vehículos especializados, equipamiento y material de rescate que realice la Junta Nacional de Bomberos y los Cuerpos de Bomberos de Chile.
Y aclaró que las zonas extremas y especiales mantendrán sus tratamientos tributarios diferenciados.