El ministro de Hacienda, Felipe Larraín, dio a conocer esta tarde el próximo envío al Congreso de un proyecto que modifica la ley Nº 4.566, General de Hipódromos, y el decreto ley Nº 2.437, de 1978, que establece la distribución del monto de las apuestas mutuas y otras normas que reglamentan la actividad hípica nacional.
En el Hipódromo Chile –acompañado de autoridades de ese establecimiento y de parlamentarios de distintas tendencias políticas- el Secretario de Estado destacó que el objetivo de la iniciativa es “incentivar y promover” dicha actividad en todo el país.
De esa forma, la nueva normativa propone permitir las apuestas en Chile sobre carreras de caballos fina sangre disputadas en hipódromos extranjeros, mediante su transmisión en vivo. “Este sistema se conoce internacionalmente como simulcasting, cuya regulación queda entregada al Reglamento de Carreras”, dijo Larraín.
Las carreras extranjeras que pueden transmitirse y sobre las cuales se pueden cursar apuestas en Chile, son solamente aquellas que se lleven a cabo en hipódromos reconocidos por las autoridades del respectivo país y donde participen caballos fina sangre.
Para precaver que la actividad hípica en los hipódromos nacionales sea desplazada por carreras extranjeras transmitidas a través del simulcasting, se establece como requisito para poder transmitir las carreras en vivo que los hipódromos no disminuyan el número de carreras celebradas entre un año calendario y el inmediatamente anterior. Esta limitación no se aplicará en el año calendario en que el proyecto de ley entre en vigencia.
El ministro Larraín también explicó otra medida a favor de la hípica nacional: “Se incrementará el fondo de premios, el que se ha establecido en un 12,5%, como mínimo, del monto bruto de las apuestas del simulcasting, el que se repartirá en partes iguales entre los hipódromos”.
El jefe de las finanzas públicas añadió que “la implementación del simulcasting significará además una mayor generación de recursos para el Fisco por la vía del impuesto específico de 3% que grava a estas apuestas (que es el 3% del monto bruto de éstas)”.
Añadió que también se contempla un aporte de $100.000.000 para financiar el Consejo Superior de la Hípica, organismo encargado de supervigilar el cumplimiento de la normativa y la actividad hípica nacional.
“Todas estas medidas contribuirán a fomentar y desarrollar la raza caballar en el país, dando un nuevo estímulo a la hípica, y manteniendo los actuales puestos de trabajo relacionados con esta actividad”, señaló el ministro Larraín.
En la ceremonia donde se dio a conocer este proyecto de ley estaban presentes el presidente del Consejo Superior de la Hípica, Jorge Cardemil, y los titulares del Hipódromo Chile, Carlos Heller y del Club Hípico, Juan Cúneo, respectivamente. También asistieron, los senadores Juan Antonio Coloma, Francisco Chahuán y Hosaín Sabag; y los diputados Ignacio Urrutia, Patricio Hales, Alberto Cardemil, Jorge Burgos, Germán Becker y Mario Bertolino.
PRIMERA REFORMA A LA HIPICA DESDE 1978
Esta es la primera modificación a la normativa hípica desde 1978. La primera legislación sobre hipódromos es la ley Nº 1.528, de 1902, derogada en 1929 por la ley Nº 4.566, vigente hoy en día y conocida como Ley General de Hipódromos. Esta ley está complementada por el decreto ley Nº 2.437, de 1978, también en vigencia, que contiene las normas relativas a la distribución del monto de las apuestas y el número máximo de reuniones anuales de cada hipódromo. Destaca también la ley Nº 5.055, de 1945, que entrega la supervigilancia de los hipódromos al Ministerio de Hacienda.
Según estudio realizado por Fernando Coloma en 1998, la actividad hípica genera más de 40.000 empleos directos. Estos empleos se concentran en administrativos de los hipódromos, preparadores, oficinas de Teletrak, criaderos, proveedores, etc.