Desde los inicios de la Independencia, el Director Supremo de la Nación, Bernardo O’Higgins Riquelme, tuvo la idea de consolidar un Estado nacional comenzando con la creación de un marco administrativo, naciendo así los primeros ministerios.
A partir de mayo de 1811, se dispusieron salas de Guerra, de Gobierno y Policía, y la de Real Hacienda. Estas primeras carteras ministeriales fueron colegiadas, integradas por varias personas entre Vocales de la Junta de Gobierno y un número variable de Diputados del primer Congreso Nacional.
A fines de 1811 se adoptó la denominación de Secretarías, y en mayo de 1814 aparece la Secretaría de Hacienda.
El 2 de junio de 1817 se crea por Decreto, la llamada Cartera de Hacienda, a cargo de Hipólito de Villegas. Este gabinete tenía también bajo su tutela las carteras de Guerra y Justicia.
El 2 de septiembre de 1817, fue promulgado el “Plan de Hacienda y de Administración Pública”, redactado por el Ministro Contador de la Tesorería General, Rafael Correa de Saa.
Los propósitos del Plan de Hacienda fueron organizar los servicios públicos, fijar las rentas fiscales y su correcta recaudación, desligándolos de su dependencia de la Corona española. Además, de salvaguardar ciertas garantías ciudadanas, como los procedimientos para la regulación de las contribuciones de guerra, respecto a la propiedad de empleos fiscales y honorarios, y cobro de las acreencias fiscales, entre otras regulaciones.
En suma, el Plan de Hacienda enseñaba criterios determinados en la adopción de reglas que permitieran la formación de una República Nacional. Tarea nada sencilla en tiempos en que la guerra absorbía la atención de todo el gobierno.
Posteriormente, el 30 de noviembre de 1927, fueron establecidas las atribuciones y deberes del Ministerio de Hacienda, mediante el Decreto con Fuerza de Ley N° 7912, “Ley General de Ministerios”.